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Novedades

DOSSIER. Medidas en el ámbito Laboral, Financiero y Concursal para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Actualización diaria. 07/04/2020

1. Medidas laborales
2. Medidas fiscales y tributarias
3. Medidas consursales
4. Medidas de carácter mercantil
5. Consulta ICAC: proceso de formulación, verificación y aprobación de las cuentas anuales de las
distintas empresas y entidades
6. Plazos
7. Enlaces a Tramitación telemática
Anexo I formularios
Anexo II Relación de normativa Estatal, autonómica, foral y europea

https://graduadosocialmadrid.org/colegio/covid-19/Covid-19/Otra-informaci%C3%B3n/TIRANT-LO-BLANCH--medidas-laborales-financieras-y-concursales/

Juzgado de lo Social nº 35 de Madrid

 

ACUERDO COMUNICANDO SUSPENSIONES DE SEÑALAMIENTOS ABRIL 2020 Y SOLICITUD DE TRASLADO A LETRADOS/AS

 

En Madrid a 7 de abril de 2020.

 

PRIMERO.- El Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, declaró el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis económica ocasionada por el COVID- 19, establece de forma clara en su Disposición Adicional Segunda lo siguiente:

Suspensión de plazos procesales.                  

1. Se suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo […]

3. En relación con el resto de órdenes jurisdiccionales la interrupción a la que se refiere el apartado primero no será de aplicación a los siguientes supuestos:

a) El procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ni a la tramitación de las autorizaciones o ratificaciones judiciales previstas en el artículo 8.6 de la citada ley.

b) Los procedimientos de conflicto colectivo y para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas regulados en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

c) La autorización judicial para el internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico prevista en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

d) La adopción de medidas o disposiciones de protección del menor previstas en el artículo 158 del Código Civil.

Tras la aprobación por la Comisión permanente del CGPJ el día 11 de marzo de 2020, de las Instrucciones relativas a la prestación del servicio generada por el covid-19, y una vez obtenida autorización de la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid, se  ha adoptado por este órgano judicial Acuerdo gubernativo 1/2020, de 12 de marzo , por el que se suspende el conjunto de actuaciones procesales.

 

En cumplimiento del mismo, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados para los días 14 de abril de 2020, 16 de abril de 2020 y 17 de abril de 2020, así como el resto de comparecencias en el Juzgado y se fijara nuevo señalamiento en el momento que cese la causa que motivo la suspensión.

 

Un saludo,

Juzgado de lo Social Nº32 de Madrid

Tras el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, acordándose por el Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado y Ministerio de Justicia la adopción de servicios esenciales para situaciones inaplazables.

Las medidas restrictivas se han visto ampliadas por el Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020 lo que determina una situación extraordinaria con reducción de presencia física siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias con necesaria adaptación a la prestación de servicios esenciales en la administración de justicia al nuevo escenario que determina el RD-L 10/2020.

La prórroga de la situación del estado de alarma, la necesidad de priorizar las procesos inaplazables y reorganizar la actividad, supone la SUSPENSIÓN de la celebración de vistas/comparecencias previstos para el mes de abril de 2020.

La dificultad de realizar notificaciones por los medios ordinarios determina la comunicación por el presente medio (correo electrónico) agradeciéndoles el traslado a cuantas partes o personas pudiera afectar de la SUSPENSIÓN de todas las actuaciones judiciales programadas en el Juzgado de lo Social 12 de Madrid, durante el mes de abril de 2020.
 
A su vez, se ruega, comunicación y colaboración entre los diferentes organismos o instituciones a fin de ampliar la difusión de la suspensión.
 
Tan pronto sea posible el retorno a la actividad se procurará la reorganización y reprogramación.

 
Atentamente,

 
DON JESUS ANDRES NEVADO NEVADO,  Magistrado titular del Juzgado Social 12 de Madrid.

 
Dª MONTSERRAT  TORRENTE MUÑOZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Social 12  de Madrid.

 

  UN CORDIAL SALUDO

en el Portal Tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha se ha puesto a disposición de los nuevos colaboradores sociales en la aplicación de los tributos, un programa de ayuda específico para cumplimentar y presentar en el registro electrónico tributario la solicitud individual de adhesión a convenios de colaboración social en la aplicación de los tributos que se recomienda sea utilizado a partir de ahora, debido a que ésta será la forma más rápida de resolver las solicitudes.

 

El nuevo programa de ayuda permite cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo 434 de adhesión individual a un convenio de colaboración social en la aplicación de los tributos. El enlace para su cumplimentación se encuentra en el Portal Tributario. ( https://portaltributario.jccm.es/ ).

 

El enlace directo a la información sobre colaboración social es:

 https://portaltributario.jccm.es/colaboradores-sociales

 

El enlace directo para la cumplimentación y presentación de la solicitud de adhesión individual (modelo 434) es:

 https://portaltributario.jccm.es/oficina-electr%C3%B3nica/modelos/documento-individualizado-de-adhesion-al-acuerdo-o-convenio-de

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