Por aplicación de las normas sanitarias que impiden la concurrencia de público, quedan suspendidos los actos citados de conciliación en el SMAC, teniéndose la conciliación por intentada a efectos de dejar expedita la vía judicial.
Excepcionalmente, cuando tales circunstancias reviertan, se tratará de atender aquellas conciliaciones suspendidas en los que las partes lo soliciten de común acuerdo con el fin de colaborar en la reducción de la carga de la jurisdicción laboral.
En todo caso, el registro de presentación de solicitudes de conciliación continuará de forma telemática.
Esperamos tengan en cuenta que estas medidas responden a una excepcionalidad ajena a la organización del SMAC, con las que se trata de responder en la forma que se entiende que se genera el menor perjuicio al administrado.
Eva María Blázquez Agudo. Viceconsejera de Empleo
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO
La Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, a través del servicio de mediación, arbitraje y conciliación, lleva a cabo el intento de conciliación entre las partes, como requisito previo a la tramitación del procedimiento laboral, conforme a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
La Instrucción de 12 de marzo de 2020 de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, dictada en aplicación de la Orden 338/2020, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública de la Comunidad de Madrid como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), establece, en su punto cuarto, que “se deberán evitar todas aquellas actividades, actos o eventos que supongan una concentración de un número superior a quince personas. De igual manera se recomienda evitar las concentraciones de grupos numerosos de empleados en espacios comunes con la finalidad de seguir las recomendaciones dadas en materia de prevención”.
En virtud de lo anterior, dada la imposibilidad de garantizar estas condiciones a quienes acuden a las oficinas de la Dirección General de Trabajo para realizar actos de conciliación, arbitraje y conciliación, así como a los propios empleados públicos, se han adoptado una serie de medidas de organización que se detallan a continuación:
Se mantiene el registro presencial de papeletas de conciliación exclusivamente para los actos sujetos a caducidad procesal, esto es, reclamaciones por despido y por sanciones. No obstante, se advierte de la posibilidad de su presentación telemática.
Cualquier otra solicitud de conciliación (sujeta a plazo de prescripción y no de caducidad, esto es, reclamaciones de cantidad y otros derechos) se presentará obligatoriamente por registro telemático o correo postal.
Para cualquier duda o aclaración pueden dirigir un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Estas medidas se mantendrán exclusivamente por el tiempo que subsistan las causas que la motivan.
Estimados Señores Colegiados y Colegiadas, Queridos Compañeros
Ante la especial y grave progresión de la infección por Coronavirus en Madrid, este Colegio Oficial permanecerá cerrado en su sede física hasta el día 27 de marzo inclusive, tras lo que se valorará la situación a fin de reanudar la atención presencial, modificar las medidas propuestas o prolongar el cierre.
Provisionalmente y durante el mismo, se procederá a atender mediante teletrabajo, pudiendo comunicarse con el personal del Colegio directamente a las direcciones de correo habituales como también vía telefónica al número acostumbrado, en el horario de atención de 9 a 14 horas y de 16:30 a 19:00 de lunes a jueves, y de 9 a 14 horas los viernes.
Esta situación excepcional que por primera vez se produce, ha obligado a disponer con premura las herramientas y medios que hagan posible no interrumpir el servicio; pero dada la diversidad de las atenciones y trámites, podría ocasionalmente observarse alguna carencia, que intentaremos solucionar, o una menor agilidad al tratar los asuntos, de lo que pedimos disculpas por anticipado, solicitando vuestra comprensión y colaboración.
En consonancia con la suspensión sucesiva de las actuaciones en los juzgados, la Sala de Graduados de la Calle Princesa nº 3 permanecerá cerrada en coincidencia y al menos ese mismo tiempo ya señalado.
Aprovecho para desearos ánimos en este período tan convulso para el ejercicio, donde no sólo nuestra labor va a ser muy complicada, sino donde también muchas empresas y clientes se verán afectados: es como siempre en los momentos más difíciles donde más se necesita nuestro sacrificio y más se valora la figura del Graduado Social.
Adjuntamos a continuación comunicado del Colegio en que se motiva y especifica el Plan de Contingencia ordenado por el Secretario de nuestra Junta de Gobierno.
Os abraza con afecto
María Antonia Cruz Izquierdo
Presidenta
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Muy apreciado Señor/Señora
Por la presente comunicamos por orden del Señor Secretario de la Junta de Gobierno, D. MANUEL RODRÍGUEZ NOGUERA, el contenido del Plan de Contingencias y Prevención aquí presente, del que es precedente la suspensión del Servicio de Ayuda Jurídica Gratuita, inicialmente por el mismo período que se contempla; como también el cierre de la Sala de Graduados de los Juzgados de la Calle Princesa nº 3, en consonancia con la suspensión sucesiva de las actuaciones en los Juzgados de lo Social. Este Plan está encaminado a la implantación temporal de una operativa de teletrabajo, evitando desplazamientos e interactuaciones personales que suponen un riesgo de contagio.
En consecuencia, cumplidos los requisitos estatutarios y con la aprobación expresa de nuestra Presidenta, considerando el bien común y para preservar la salud de los trabajadores, colegiados y usuarios del Colegio, que es obligación prioritaria de esta Corporación, se dispone hoy viernes 13 de marzo de 2020, la aplicación inmediata del presente
PLAN DE CONTINGENCIAS Y PREVENCIÓN COVID-19 EN EL COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE MADRID
1. Se procede a cerrar la sede del Colegio de forma preventiva por un tiempo de 14 días a partir del lunes 16 de marzo de 2.020, pudiéndose ampliar en función de la evolución de la epidemia y de las instrucciones o consejos que emitan las autoridades sanitarias.
2. Se suspenden todas las acciones formativas, jornadas y reuniones previstas en este período sean o no de Junta de Gobierno mientras dure el cierre preventivo de la sede.
3. Se procede a cerrar preventivamente la Sala de Graduados (Sala de Togas) por el mismo tiempo en el que persista el cierre preventivo de la sede colegial.
4. Se dotará de ordenadores portátiles a Dª María García, D. Carlos Ruiz y D. Gregorio González y habilitarán las conexiones necesarias para el acceso al servidor. Estos tres trabajadores teletrabajarán atendiendo los correos electrónicos y peticiones de los Colegiados, así como las tareas habituales de su puesto de trabajo que puedan desarrollar en esta modalidad. Actualmente el Colegio cuenta con una tableta informática y un ordenador portátil; se alquilarán otros dos al proveedor habitual de servicios y soporte informático.
5. Dª Ana Belén Cabrera atenderá desde su casa las llamadas en horario de mañana (9:00 a 14:00), para lo que se habilitará un desvío de llamadas de la centralita a su teléfono móvil. De 16:30 a 19:00 se desviarán las llamadas de centralita al teléfono de Dª María García, de lunes a jueves. Igualmente, se dotará a Doña Ana Belén de una tableta informática propiedad del Colegio para que pueda consultar su correo electrónico y comunicarse también por esa vía.
6. Se comunicará por cuantos medios estén al alcance del Colegio, este plan de contingencias a los colegiados y a cuantas personas o entidades deban tener conocimiento del mismo y de las medidas adoptadas.
Lo que para su conocimiento le comunicamos
Atte.
Como continuación a la última información proporcionada, y a consecuencia de las nuevas medidas de contención extraordinarias adoptadas por la situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19, de acuerdo con las últimas instrucciones dictadas por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, se ha acordado, como medida preventiva, el cese de la atención al público de carácter presencial en todas las oficinas de extranjeros integradas en el Área Funcional de Trabajo e Inmigración.
Esta medida supone la suspensión temporal de todas las citas concertadas en esta oficina, con efectos desde el día 16/03/2020, inclusive,condicionada a la evolución de esta situación excepcional.
Se les mantendrá informados , a medida que se produzcan modificaciones en la evolución del escenario de contención.
El coronavirus está afectando al día a día de las empresas y tanto trabajadores como responsables necesitan dar salida a dudas que empiezan a surgir: ¿qué derechos tiene el trabajador en situación de posible contagio por el coronavirus? ¿Qué medidas puede adoptar la empresa ante las reducciones de jornada “por fuerza mayor”? ¿Cómo se pueden afrontar reducciones de jornada, teletrabajo o incluso los despidos? Repasamos estas cuestiones y otras dudas habituales para hacer frente al COVID-19 en el entorno laboral. MAS INFORMACIÓN
Por cortesía de nuestro colaborador Wolters Kluwer, ponemos a vuestra disposición unas líneas de actuación en varios temas para hacer frente al COVID-19 en el entorno laboral.
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