Por aplicación de las normas sanitarias que impiden la concurrencia de público, quedan suspendidos los actos citados de conciliación en el SMAC, teniéndose la conciliación por intentada a efectos de dejar expedita la vía judicial.
Excepcionalmente, cuando tales circunstancias reviertan, se tratará de atender aquellas conciliaciones suspendidas en los que las partes lo soliciten de común acuerdo con el fin de colaborar en la reducción de la carga de la jurisdicción laboral.
En todo caso, el registro de presentación de solicitudes de conciliación continuará de forma telemática.
Esperamos tengan en cuenta que estas medidas responden a una excepcionalidad ajena a la organización del SMAC, con las que se trata de responder en la forma que se entiende que se genera el menor perjuicio al administrado.
Eva María Blázquez Agudo. Viceconsejera de Empleo
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO