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Novedades

la Seguridad Social ha puesto a disposición de ciudadanos y trabajadores su propio asistente virtual para proporcionar información útil y orientar a los ciudadanos sobre los servicios más demandados de la Seguridad Social. Este servicio “chatbot” está accesible desde la portada de la Web de la Seguridad Social pinchando sobre una ventana flotante con el texto “¿te ayudamos?” en el margen inferior derecho de la pantalla por lo que, a diferencia de los utilizados por las grandes empresas tecnológicas, la interacción será por escrito en lugar de utilizando la voz.

Se trata de un nuevo canal, disponible a cualquier hora los 365 días del año, que se suma a los ya habituales y refuerza las medidas extraordinarias que la Seguridad Social está adoptando para mitigar el impacto del cierre de la atención presencial en las oficinas ante la pandemia de la COVID-19.

Desde esta ventana se podrá preguntar, entre otras muchas cosas, cómo solicitar la pensión de jubilación o cualquiera de las prestaciones del Sistema como la de nacimiento y cuidado del menor; qué requisitos tiene que cumplir para acceder a las mismas; cómo pedir su vida laboral, darse de alta como autónomo, tramitar el alta de una empleada de hogar y, mientras dure el estado de alarma por la COVID-19, cómo hacerlo si las oficinas están cerradas.

Ver webinar: 

https://libros-revistas-derecho.vlex.es/vid/webinar-covid-19-responsabilidad-844508963?from_fbt=1&pbl_until=2020-05-20&pbl_auth_token=4a6d35613bd3565bba823d553f39d766&fbt=preview

José Vicente Mediavilla, Magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 de Girona, analiza en este webinar las cuestiones más problemáticas que se plantearán en los supuestos de reclamación ante la Administración sanitaria, y sobre los que pivotará la decisión final que se adopte en su momento, partiendo de las especialidades que presentan en cada uno de los presupuestos sobre los que se asienta la existencia de responsabilidad de la Administración como consecuencia de una lesión producida por el funcionamiento de los servicios públicos, en este caso, el sanitario.

  • Características del régimen general sanitario.
  • Especiales singularidades del sistema de responsabilidad patrimonial sanitaria derivada de la crisis generada por el COVID 19.
  • Riesgo asegurado y acción directa.

 

 

11 de mayo del 2020

  

Buenos días.

 

El Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis económica ocasionada por el COVID- 19, establece de forma clara en su Disposición Adicional Segunda lo siguiente:

 

Suspensión de plazos procesales.                 

Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. 

https://graduadosocialmadrid.org/colegio/covid-19/Covid-19/Informaci%C3%B3n-judicial/Real-Decreto-ley-18-2020-de-12-de-mayo-de-medidas-sociales-en-defensa-del-empleo./

En Madrid, a 13 de mayo de 2020

Ilmo./a Sr./a Miembro de la Comisión Permanente del CGCOGSE, Ilmo./a Sr./a Presidente/a, Miembro de Junta de Gobierno y Colegiado/a del Colegio Oficial de Graduados Sociales

  

Distinguido/a Compañero/a:

 

En el día de hoy se ha publicado en el BOE núm. 134 el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. Este RDL crea una nueva categoría de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad, denominado "de fuerza mayor parcial", que durará hasta el próximo 30 de junio. Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad y suspendidos y por todos ellos quedarán exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta. Tal y como te informé en anteriores comunicaciones parece que esta norma si deja la puerta entreabierta para que las empresas puedan acudir a la reducción de jornada de los trabajadores incluidos en el ERTE, ya que hasta ahora solo teníamos las opiniones de expertos y criterios no vinculantes de la DGT, informándote de la controversia y problemática surgida.

En Madrid, a 11 de mayo de 2020

 

Doña Soledad Ester Hidalgo Serna, Magistrada-Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en funciones de refuerzo de los Juzgados de lo Social nº 6, 15 y 16 de Madrid, EXPONE:

 

1.- Por Acuerdo de fecha de 12 de marzo de 2020 se resolvió la suspensión del conjunto de actuaciones judiciales del Juzgado de Refuerzo de lo Social, nº 6, 15 y 16 de Madrid, así como la paralización del cómputo de dichos plazos procesales hasta el día 312 de Marzo de 2020

Habiendo sido prorrogado el Estado de Alarma declarado en el Real Decreto 463/2020 por acuerdo de 6/5/2020 del Congreso de los Diputados (BOE 9/5/2020) autorizando al Consejo de Ministros a dicha prórroga, persistiendo la suspensión de plazos procesales y la imposibilidad de celebración de actividades presenciales no esenciales, se comunica que las vistas señaladas en este Juzgado para los días 18 y 19 de Mayo de 2020 quedan suspendidas, sin perjuicio de su alzamiento para el supuesto de que las circunstancias sociosanitarias así lo permitan o se reanude con normalidad la actividad jurisdiccional.

NOTIFICACIÓN SUSPENSIÓN SEÑALAMIENTOS

JUZGADO SOCIAL QUINCE DE MADRID. SEÑALAMIENTOS 12 de marzo a 25 de MAYO de 2020

 

Tras el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y prórrogas posteriores, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, acordándose por el Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado y Ministerio de Justicia la adopción de servicios esenciales para situaciones inaplazables.

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