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NOTIFICACIÓN DE SUSPENSIONES Y REQUERIMIENTO DE TRASLADO

 

El Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis económica ocasionada por el COVID- 19,

y el R.D. 537/20 publicado en el B.O.E. de 23 de mayo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado,

 establece la primera resolución, de forma clara en su Disposición Adicional Segunda lo siguiente :

NOTIFICACIÓN DE SUSPENSIONES Y REQUERIMIENTO DE TRASLADO

 

El Real Decreto 463 / 2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis económica ocasionada por el COVID- 19, establece de forma clara en su Disposición Adicional Segunda lo siguiente:

Suspensión de plazos procesales.                 

 Se suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma en todo el territorio nacional, actualmente prorrogado, y los Acuerdos de 13 de marzo de 2020, de la Comisión Permanente del CGPJ y de 15 de marzo de 2020, de la Sala de Gobierno del Tribunal de Superior de Justicia de Madrid, quedan suspendidos todos los señalamientos de los días 25 y 26 de Mayo de 2020 y 1 y 2 de Junio de 2020, así como los plazos procesales de las presentes actuaciones, al no resultar inaplazables, procediéndose al oportuno señalamiento cuando se reanude con normalidad la actividad jurisdiccional conforme a la agenda programada.

JUZGADO DE REFUERZO NUMERO 4, 7,17,19 y 23 DE MADRID

Tras la aprobación por la Comisión permanente del CGPJ el día 11 de marzo de 2020, de las Instrucciones relativas a la prestación del servicio generada por el covid-19, y una vez obtenida autorización de la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid, se  ha adoptado por este órgano judicial Acuerdo gubernativo 1/2020, de 12 de marzo , por el que se suspende el conjunto de actuaciones procesales.

 

En cumplimiento del mismo, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados para los días 28 y 29 de mayo  y el 4 y 5 de junio de 2020, así como el resto de comparecencias en el Juzgado y se fijara nuevo señalamiento en el momento que cese la causa que motivo la suspensión.

 

Un saludo,

Juzgado de lo Social Nº32 de Madrid

Tras la aprobación por la Comisión permanente del CGPJ el día 11 de marzo, de las Instrucciones relativas a la prestación del servicio público judicial ante la situación generada por el covid-19, y una vez solicitada y obtenida autorización de la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid, se ha adoptado por este órgano judicial Acuerdo Gubernativo 1/2020, de 12 de marzo, por el que se suspende el conjunto de actuaciones procesales.

 

En cumplimiento del mismo, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicio. de los juicios señalados para  los días 26 Y 28 de Mayo de 2020 y se fijara nuevo señalamiento en el momento que cese la causa que motivo la suspensión

 

Saludos Cordiales

JUZGADO SOCIAL Nº8 DE MADRID.

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