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Por medio de la presente se informa, con la finalidad de que se difunda entre los Profesionales de este Partido Judicial, que los Juicios señalados en el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 37 DE MADRID en los meses de SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2020, se celebrarán en la sede judicial sita en la calle Ventura Rodríguez nº 7, Planta 2ª de Madrid, debiendo las partes acreditarse directamente en dicha sede, A EXCEPCIÓN de los señalados para los días 16 DE OCTUBRE Y 6 DE NOVIEMBRE DE 2020 que se celebrarán en la sede de la calle Princesa nº 3, planta 10ª de Madrid.

En Madrid, a 29 de julio de 2020
Dª MARÍA JOSÉ GARCÍA CASTAÑO
ILMO. SRA. MAGISTRADO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL 37 DE MADRID

Les comunicamos que debido al despliegue de una nueva versión el sistema LexNET no estará disponible en el periodo siguiente:

Inicio: 17/07/2020 a las 20:00 h.

Fin: 19/07/2020 a las 18:00 h.

Desde la Junta de Gobierno queremos trasladarte que ante los problemas surgidos en las comunicaciones con el SEPE y las múltiples dudas que nos surgen en el día a día de nuestra actividad, desde el Colegio hemos acordado con D. Ricardo Cuesta, Director Provincial del SEPE de Madrid, remitirle personalmente a partir del día de hoy aquellas consultas que nos sean trasladadas por parte de los colegiados ejercientes y a las cuales intentará dar respuesta en el menor plazo posible.

El procedimiento articulado para llevar a cabo estas consultas, es que el colegiado/a plantee su duda remitiendo un email a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Una vez recopiladas todas las dudas del día, desde el Colegio daremos traslado de ellas al Sr. Cuesta para que pueda indicarnos su respuesta, la cual será comunicada al compañero/a que la formuló.

Esperando que esta acción sea beneficiosa para la optimización de tu quehacer profesional, recibe un saludo

Estimados Colegiados

Por consecuencia del riesgo de contagio viral existente por la crisis sanitaria del coronavirus, y en orden a la mayor preservación de la seguridad y salud de los trabajadores, y de los Graduados Sociales y usuarios, colaboradores y proveedores de servicios, y de cualquier persona en relación con el Colegio, se ha establecido un protocolo de comportamiento y medidas de prevención para el Personal. En su relación, remitimos al Colectivo las medidas referidas a las atenciones y usos que en tanto persista un riesgo significativo de contagio se aplicarán en la sede del Colegio, solicitando su colaboración y comprensión. Estas medidas se acompañan en la Sede de los correspondientes letreros indicativos.

RESTRICCIONES E INDICACIONES PARA LAS ATENCIONES Y USOS

Durante el estado de alarma, para facilitar y adaptar el trabajo de los profesionales, se amplió el periodo de disponibilidad de los mensajes y acuses en los buzones de todos los usuarios, emitidos con posterioridad al 31 de enero de 2020, de 60 a 120 días.

 

Ahora, una vez reanudados los plazos procesales, y para evitar que esta acumulación de mensajes atrasados pueda generar problemas en el sistema, les informamos que, a partir del próximo 4 de agosto, los mensajes volverán a tener la caducidad de 60 días que prevé el RD 1065/2015.

En virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria generada por el Covid-19, estableciéndose en la Disposición Adicional Segunda, con carácter general, en su apartado 1, la suspensión de los términos y plazos procesales y, en su apartado 2 y 3, las excepciones en el orden jurisdiccional penal y la delimitación, en el resto de los órdenes jurisdiccionales, de aquellas actuaciones de carácter urgente e inaplazable.

Dicho estado de alarma ha sido prorrogado por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, 492/2020, de 25 de abril y 514/2020, de 8 de mayo de 2020.

En virtud del Acuerdo de fecha 9 de mayo de 2020 adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial se mantiene la validez y eficacia de los acuerdos y las medidas adoptados por la Comisión Permanente en las sesiones de los días 13, 14, 16, 18 (en sus dos sesiones), 20, 23, 25, 26, 28, 30 y 31 de marzo de 2020, y 2, 8, 13, 16, 20 y 28 de abril, y de 7 de mayo de 2020, durante la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y acordada por el Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo de 2020, referidos, con carácter general, al mantenimiento de la suspensión de los términos y plazos procesales y a la limitación de las actuaciones de carácter urgente e inaplazable.

En consecuencia, y de conformidad a lo prevenido en el Acuerdo gubernativo número 232/2020 del Juzgado Decano De Madrid, relativo a la ordenación de las sedes judiciales y distribución de las salas de vistas para la reactivación de la actividad judicial suspendida durante el estado de alarma decretado para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19; del Acuerdo de la  Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la sesión celebrada el día 15 de mayo incide en la necesaria adopción de medidas de protección colectiva e individual en las sedes judiciales con una serie de recomendaciones para la protección de la salud, conforme al punto 32 del mismo acuerdo, la Sala de Gobierno dispone queLa Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 11 de mayo aprobó los criterios generales para la elaboración de los planes de reanudación de la actividad judicial por las Salas de Gobierno de los órganos jurisdiccionales. Dichos planes se refieren tanto a la reordenación de las agendas de señalamiento y a la incorporación al trabajo presencial de Jueces y Magistrados, debiendo finalizar el sistema de turnos rotatorios en aquellos lugares donde se hubiese establecido.

Donde estamos

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