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JUZGADO DE LO SOCIAL 38 DE MADRID- NOTIFICACIÓN DE SUSPENSIONES

ACUERDO ILMO SR. D. FERNANDO LISBONA LAGUNA. MAGISTRADO-JUEZ JUZGADO DE LO SOCIAL 38

En Madrid a 27 de ABRIL de 2.020

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma, y cuyos efectos han sido prorrogados por Resolución de 22/04/2.020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y  prorrogado por Real Decreto 492/2.020 y de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo de 13/04/2.020 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial por los que se acuerdan  mantener las actuaciones y servicios esenciales y la vigencia de los acuerdos y las medidas adoptadas en relación con ellos en las reuniones de la Comisión Permanente de los días 13, 14, 16, 18 (en sus dos sesiones), 20, 23, 25, 26, 28, 30 y 31 de marzo de 2020, y 2 y 8 de abril de 2020 entre las que se incluyen la suspensión de las actuaciones judiciales no esenciales, y no estando comprendidos los Autos cuyas vistas estaban fijadas para el periodo comprendido entre el 27/04/2.020 hasta las 0:00 horas del 10/05/2.020, entre las excepciones que señala el apartado cuarto del Acuerdo de 16/03/2.020 de la Comisión Permanente y que son aquellos procedimientos que sean inaplazables en materia de conflictos colectivos, tutela de derechos fundamentales, despidos colectivos expedientes de regulación temporal de empleo, medias cautelares y procesos de ejecución que dimanen  todos ellos de la aplicación del estado de alarma, se acuerda la suspensión de todas las vistas programadas para dichos días, manteniéndose la misma mientras dure dicho estado de alarma y una vez finalizado el mismo se procederá a un nuevo señalamiento a la mayor brevedad posible. Comuníquese dicha resolución a través del ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS, ILUSTRE COLEGIOS DE GRADUADOS SOCIALES e ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES.

 

La dificultad de realizar notificaciones por los medios legales establecidos de ordinario nos pone en la obligación de comunicarles formalmente la suspensión de todas las vistas señaladas para dicho en el Juzgado Social 38 de Madrid, requiriéndoles por este mismo medio para que den traslado a sus miembros colegiados.  

El Magistrado:               Letrada de la Admon. de Justicia 

 

  1. FERNANDO LISBONA LAGUNA Dña. TERESA SAMPEDRO BLANCO

 

 

 

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