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Novedades

Novedades en procedimientos de autorización de residencias permanentes de familiar de ciudadano de la Unión Europea

La Dirección General de Inmigración informa sobre presentación telemática de expedientes, que ya está disponible la gestión en sede electrónica a través de la plataforma MERCURIO, de los procedimientos de autorización de residencias permanentes de familiar de ciudadano de la Unión Europea en los supuestos que se indican a continuación:

  • UF: Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la UE Supuesto general residente en España Pareja registrada con residencia continuada en España durante 5 años (art. 10.1).
  • UE: Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la UE Supuesto general residente en España Cónyuge con residencia continuada en España durante 5 años (art. 10.1).
  • UH: Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la UE Supuesto general residente en España Descendiente mayor de 21 años a cargo con residencia continuada en España durante 5 años (art. 10.1).
  • UG: Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la UE Supuesto general residente en España Descendiente menor de 21 años o incapaz con residencia continuada en España durante 5 años (art. 10.1).
  • UI: Tarjeta de Residencia Permanente de Familiar de Ciudadano de la UE Supuesto general residente en España Ascendiente a cargo con residencia continuada en España durante 5 años (art. 10.1).

Nota: Quedan de momento excluidas las parejas estables no registradas, y la familia extensa.

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