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Orden HAC/5/2021 - Extensión plazo domiciliación
La Subdirectora General de Comunicación Externa del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha trasladado la información de la publicación con fecha de hoy en el BOE la Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, y en virtud de la cual, en el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago sean hasta el 15 de enero de 2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca «Filomena».
En la Orden no existe una delimitación territorial oficial de zonas afectadas y, además, el impacto es muy desigual incluso dentro de bastantes términos municipales. El objetivo es dar facilidades a quien lo necesite. Todo aquel que entienda que se ha visto afectado, puede acogerse a la extensión del plazo. La Agencia Tributaria confía en la responsabilidad de los contribuyentes y asesores y gestores, por eso se ha descartado el establecimiento de otras condiciones o requisitos y cualquier tipo de trámite burocrático adicional. No es una medida generalizable puesto que afecta al funcionamiento de las entidades financieras como colaboradoras en la gestión y recaudación de los tributos. El mensaje es evidente: quien necesite acogerse, que lo haga directamente, porque estamos convencidos de que la inmensa mayoría, con carácter general y más en situaciones extraordinarias, actúa con responsabilidad.
Solicitud de ampliación (pdf) : 19-solicitud_ampliacion_plazo_domiciliaciones.pdf
Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, (pdf): BOE-A-2021-518.pdf