Madrid, 10 de abril de 2020 – Durante las últimas semanas, desde el Consejo General de Graduados Sociales de España se ha solicitado a la AEAT y al Gobierno que se ampliara el plazo de presentación de las declaraciones trimestrales que vencen el 20 de abril. Tras varios intentos sin haber obtenido la respuesta deseada, en el día de hoy la Ministra de Hacienda lo ha anunciado en rueda de prensa, aunque esta medida no será aprobada hasta el 14 de abril, fecha en que se realizará el próximo Consejo de Ministros, por lo que deberemos estar pendientes de su aprobación. Por ello, y sabiendo la gran carga de trabajo de todos nuestros despachos y siendo conscientes del riesgo que en estos momentos supone trabajar para preparar las declaraciones trimestrales, no se ha cesado en solicitar que se ampliara este plazo, manteniendo contactos con la Administración y con el resto de Colectivos de España que se dedican al Asesoramiento Fiscal, y finalmente, manteniendo todas las reservas hasta su aprobación, parece que SE HA CONSEGUIDO. Una vez anunciado, la propia Agencia Tributaria se ha puesto en contacto con este Consejo General para trasladarnos la información de lo que está previsto aprobar, con el fin de hacerla llegar a todos los Graduados Sociales (reiterando que está pendiente de aprobación en el Consejo de Ministros y de publicación en el BOE) y que, en resumen, abarcará las siguientes cuestiones: • Estas medidas se aplicarán SOLAMENTE a aquellas empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros (para el resto seguirá siendo el 20 de abril de 2020 el plazo de presentación), y son: - El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo. - En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo. • Para las personas físicas que están en Estimación Objetiva: - Podrán realizar ahora la renuncia al sistema de Estimación Objetiva (solamente para este año y no para 3 como está establecido actualmente) y realizar los pagos del trimestre por el Régimen de Estimación Directa Simplificada. - Para los que no renuncien y permanezcan en Estimación Objetiva, se habilitará un sistema que permita reducir del rendimiento neto los días que haya estado cerrado el establecimiento. • Para las Sociedades: - Se podrá realizar ahora el cambio en el sistema de cálculo de los pagos fraccionados. El Consejo General ha considerado importante trasladarte esta noticia (aunque todavía no es oficial hasta que realicen la publicación en el BOE). Espero que pronto se apruebe esta medida en el Consejo de Ministros y desde estas líneas quiero manifestar mi agradecimiento a los miembros de la comisión técnica de asuntos fiscales de este Consejo General y decirte que seguiremos informándote puntualmente y luchando por todo nuestro Colectivo.
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