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ESCRITO DE DON RODRIGO MARES, DIRECTOR PROVINCIAL DE LA TGSS

                                                                                                                                                                                                   

               

Estimada María Antonia:

 

En el Boletín oficial del Estado de hoy se ha publicado el Real Decreto –Ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Además de otras muchas medidas que sin duda conoce, quiero llamar su atención especialmente sobre los artículos 34 y 35, relativos a “moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social” y “aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social”. Ambas son medidas de calado, que requieren de una amplia difusión entre el amplio colectivo de empresas y trabajadores autónomos potencialmente afectados por el estado de alarma sanitaria decretado.

 

En un mundo interconectado por las nuevas tecnologías de la informática y las telecomunicaciones, el trabajo que desempeñan habitualmente los profesionales a quienes representas ha sido y es vital para una adecuada difusión e implantación de las medidas que la Administración Pública en general, y en este caso en particular, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, pretende implantar en beneficio de empresas y trabajadores gravemente afectados por la ralentización que sufre la economía del país.  

 

La regulación de los aplazamientos señalada entra en vigor de inmediato con las cuotas de trabajadores autónomos y empresas que deben liquidarse y deberían ingresarse en este mismo mes de abril. En cambio, la de las moratorias está pendiente de desarrollo mediante Orden Ministerial. No obstante lo anterior, la disposición adicional decimosexta de dicha Ley habilita a los autorizados del Sistema Red para tramitar a través del mismo las solicitudes y demás trámites correspondientes a los aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y las devoluciones de ingresos indebidos con la Seguridad Social correspondientes a los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar en cuyo nombre actúen. Esta habilitación podrá además extenderse a otras actuaciones que se determinen mediante resolución del Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

     

A tal fin, la Tesorería General de la Seguridad Social pondrá a disposición de los autorizados un nuevo aplicativo en el ámbito del Sistema RED, denominado CASI@, en el que llevamos un tiempo trabajando. Se ha concebido como un servicio exclusivo para los autorizados, con el objetivo de facilitarles la presentación de este tipo de solicitudes en un canal de uso exclusivo, permitiendo con ello gestionar de modo ágil y seguro los trámites de esta naturaleza.

 

Por cuanto antecede, en breve plazo pondremos a disposición de tus colegiados este nuevo servicio dentro del ámbito del Sistema RED, solicitándote tu ayuda para la difusión de este aplicativo por el medio que consideres más conveniente.

 

Un cordial saludo.

 

                                                                                                                                                                                Fdo: Rodrigo Mares Ramírez              

                                                                                                                                                                           

 

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