En el BOE de ayer, 6 de marzo se ha publicado la Orden ESS/214/2018, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema Red.
Aparte de la incorporación de las actuaciones que pueden ser objeto de trasmisión electrónica a través de este Sistema con el fin agilizar el reconocimiento de prestaciones, se extiende obligatoriamente la aplicación del Sistema Red, entre otros, a los trabajadores por cuenta propia integrados en el Reta y en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, con independencia de que tengan o no trabajadores a su cargo".
La entrada en vigor de esta obligatoriedad de incorporación al Sistema Red para el Reta es el 1 de abril, dando un plazo de 6 meses para que los trabajadores autónomos que el 1 de abril de 2018 figuren de alta en el régimen correspondiente y no estén incorporados al Sistema Red procedan a hacerlo en cualquiera de la formas previstas al efecto. Esta incorporación determinará, asimismo, la inclusión obligatoria de estos trabajadores en el sistema de notificación electrónica mediante su comparecencia en la sede electrónica de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social. El intercambio de datos o documentación en el Sistema Red podrá llevarse a cabo por los sujetos responsables, bien en nombre propio o bien por medio de representante.
Los autónomos estarán obligados a trasmitir por dicho Sistema, la comunicación de partes médicos de baja, de confirmación de la baja y de alta correspondientes a procesos de incapacidad temporal cuya gestión esté encomendada a la entidad gestora o a la mutua colaboradora con la Seguridad Social.