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FUNCIONES DEL GRADUADO SOCIAL

La profesión de Graduado Social nació por el Real Decreto Ley 17 de agosto de 1925. Con el tiempo ha llegado a ser una profesión notoria dentro del entramado laboral de nuestro país, procurando quienes la ejercen la justicia, social, la conciliación de las partes objeto del derecho de trabajo, así como la correcta, directa y sencilla aplicación de la normativa laboral. Diferentes normas han ubicado la profesión del Graduado Social a su actual desarrollo, Decreto 1531/65 de 3 de Junio, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Procedimiento Laboral, Orden Ministerial 28.08.1970, Real Decreto 3459/77 de 16 de diciembre.

Una vez finalizada la diplomatura de Relaciones Laborales, el diplomado que pretenda ejercer sus conocimientos bien por su cuenta, en una empresa o despacho profesional, ha de colegiarse, recibiendo entonces el nombre de la profesión GRADUADO SOCIAL.

Existen tres formas de colegiación Libre, de Empresa y No ejerciente, y el reconocimiento de numerario.

  • El Colegiado Libre 
  • El Colegiado de Empresa 
  • El Colegiado no Ejerciente 
  • El Colegiado Numerario 

 

Definición normativa del Graduado Social

A los Graduados Sociales, en su condición de técnicos en materias sociales, laborales, les corresponde las funciones de estudio, asesoramiento, representación y gestión, sin necesidad de apoderamiento especial, en los casos permitidos por la Ley de Procedimiento Administrativo, en todos cuantos asuntos laborales y sociales les fueren encomendados por o ante el Estado, Entidades Paraestatales, Corporaciones Locales, la Seguridad Social, la Organización Sindical, Entidades, Empresas y particulares.

Resulta incuestionable que los Graduados Sociales, tienen perfectamente delimitado su campo de actuación por el Derecho Vigente, en lo que no se podrá irrumpir con carácter profesional por quienes no reúnan los requisitos que aquél establece.

 

Competencias: Actuaciones en el mundo del trabajo y seguridad social

VIA ADMINISTRATIVA: Representación y dirección técnica de procedimiento ante: Inspección de Trabajo (inspecciones, recursos, actas de infracción), centros de conciliación, reclamaciones previas a la vía judicial. Prestaciones Contributivas y no contributivas. Ayudas sociales.

INSS: Solicitud y tramitación de pensiones (incapacidad, invalidez, jubilación, viudedad, orfandad) , clasificación profesional,

TESORERIA: Procedimientos de afiliación,  cotización, etc.

IMSERSO Y Servicios Sociales: Solicitud y tramitación de ayudas sociales, calificación de minusvalías.

EXTRANJERIA: Solicitud de permisos de trabajo y residencia, agrupación familiar, contingentes-etc.

PREVENCION DE RIESGOS: Asesoramiento y gestión en prevención de riesgos.

AUDITOR LABORAL: estudios y dictámenes

PERITO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, ante los Tribunales de Justicia.

VIA JUDICIAL: Representación ante los Tribunales de lo Social, (1º Instancia), en todo tipo de procedimientos laborales y de seguridad social de trabajadores y/o empresarios, Entidades: despidos, reclamación de cantidad, derechos, derechos fundamentales, prestaciones, etc. ante empresas, administración, entidades, corporaciones,..etc.,

MEDIADORES: Conciliadores en conflictos colectivos, convenios...

SERVICIOS A EMPRESARIOS: Los graduados Sociales, asesoran y gestionan la mayor parte de las pymes, tanto en materia laboral y de seguridad social, contabilidad, impuestos, prevención de riesgos- Representando incluso ante los organismos administrativos y judiciales.

SERVICIOS TRABAJADORES: Asesoran a los trabajadores, y representan ante la administración o juzgados, en reclamación de derechos, cantidad, despidos, prestaciones, -etc.

 

EJERCICIO PROFESIONAL COMO EJERCIENTE LIBRE

El Graduado Social, en el ejercicio libre de su profesión, asesora, representa y gestiona en materias sociales, laborales, de seguridad social y empleo a entidades, empresas y trabajadores. El carácter multidisciplinar de los estudios en Relaciones Laborales, le permite adoptar un enfoque global de los problemas que llegan a su despacho, pues está en condiciones de analizar no sólo sus aspectos laborales, sino también cualquier otra faceta de los mismos, apoyándose en los conocimientos sociales, contables, fiscales y económicos que configuran una parte importante del plan de estudios.

Los Estatutos de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales, definen, como funciones propias de la profesión, las siguientes:

Estudio, asesoramiento, representación y gestión, sin necesidad de apoderamiento especial, en cuantos asuntos laborales sociales y fiscales le sean encomendados por o ante el Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Provinciales y Locales, la Seguridad Social, entidades, empresas y particulares.

Representación en los procedimientos laborales y de Seguridad Social.

Cuantas otras funciones les atribuyan las leyes o disposiciones de carácter general.
Para el ejercicio libre de la profesión es requisito imprescindible la colegiación.

La profesión de -Graduado Social-, entendido como el profesional que colabora, informa, apoya y, en definitiva, asesora a los distintos agentes sociales (empresarios y trabajadores), es la salida como profesional liberal de los estudios en Relaciones Laborales.  La elaboración de nóminas y contratos, tramitación de todo tipo de procedimientos (jubilaciones, altas, bajas, incapacidad-) ante la Seguridad Social y, singularmente, la intermediación en la resolución de conflictos laborales, son campos en los que los conocimientos adquiridos en diversas materias cursadas a lo largo de los estudios de Relaciones Laborales (Derecho del Trabajo I, Derecho del Trabajo II, Prácticas de Derecho del Trabajo, Seguridad Social, Prácticas de Seguridad Social, Derecho Sindical, Derecho Social Comunitario, Derecho Procesal Laboral, Derecho Tributario, Régimen Fiscal de la Empresa, Economía Laboral-) permiten a nuestros titulados desenvolverse con total solvencia.

Los Graduados Sociales están habilitados para personarse en representación de las empresas y los trabajadores ante los Tribunales de Justicia. El artículo 545.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su última reforma establece que: -En los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación técnica podrá ser ostentada por un graduado social colegiado, al que serán de aplicación las obligaciones inherentes a su función, de acuerdo con lo dispuesto en su ordenamiento jurídico profesional, en este título y especialmente en los artículos 187, 542.3 y 546 de esta Ley-.

De este modo, la actuación de los Graduados Sociales/Relaciones Laborales ante los órganos jurisdiccionales del orden social queda plenamente consolidad por lo dispuesto en esta ley.

 

EJERCICIO PROFESIONAL EN LA EMPRESA

En el ámbito de la empresa, pública y privada, la función del Graduado Social es la prestación de sus servicios profesionales en los departamentos de Personal y Recursos Humanos, bien desempeñado labores de dirección en aquellos, bien cumpliendo las funciones y tareas propias de su profesión.

Esta salida profesional no sólo se deduce del perfil reconocido por el R. D. 1429/1990 sino que, tradicionalmente, viene siendo desempeñada por los Graduados Sociales. Así, es de señalar como dato significativo que en la actualidad el 60% de los miembros de la Asociación Española de Dirección de Personal (AEDIPE) pertenezcan  a los estudios de Relaciones Laborales. (Datos Publicados por la Universidad de Santiago de Compostela) 

Algunas de las funciones a desempeñar, dada su especialización, por el Graduado Social Ejerciente de Empresa en un Departamento de Personal y Recursos Humanos serían:

Confección de nóminas y seguros sociales
Trámites relativos a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, maternidad y situaciones de I. L. T.
Desarrollo y planificación de políticas formativas en la Empresa
Determinación de escalas salariales
Valoración de los puestos de trabajo
Selección de personal
Estudio de puestos de trabajo y planificación de plantillas.
Diseño de programas de acogida y motivación del personal.
Organización de los servicios y de la política de acción social
Estudio, preparación y negociación de convenios colectivos
Representación de la empresa ante organismos públicos: Dirección Provincial de Trabajo, Inspección de Trabajo, SMAC, Juzgados de lo Social ( 1ª Instancia )
Relaciones laborales con los miembros del Comité de Empresa y Sindicatos
Coordinador y Gestión  de la Prevención de Riesgos Laborales en la Empresa.
Estudio de la política de contratación y elaboración de contratos de trabajo
Análisis de métodos de trabajo.

La capacitación del Graduado Social para el desempeño de las funciones citadas se apoya en los conocimientos adquiridos en las distintas materias de sus planes de estudio.

 

COLEGIACIÓN COMO NO EJERCIENTES

El Colegiado No Ejerciente es aquél que ostentando el correspondiente título académico de -Diplomado en Relaciones Laborales-, no ejerce actividad profesional como tal.

Profesionales de la Administración Pública:

El Graduado Social  puede acceder, previa superación de las correspondientes pruebas (oposición, concurso o concurso-oposición)  a cualquiera de las Administraciones Públicas, para realizar las funciones propias de su especialidad. Aunque en la Administración española de momento no existe un cuerpo específico de Graduados Sociales/Relaciones Laborales, nuestros titulados pueden optar por cualquiera de las pruebas que dan acceso a los diferentes cuerpos o escalas en las que se exija un título universitario de primer o segundo ciclo. En particular, dada su especialización, citaremos aquellas oposiciones más adecuadas al perfil de los estudios en Relaciones Laborales:

Con el Título Universitario de Primer Ciclo: Diplomado en Relaciones Laborales
( Grupo B de la Administración Pública )

-Subinspectores de Empleo y Seguridad Social
-Gestión de Empleo del INEM
-Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
-Cuerpos de Gestión de la Administración Pública y Autonómica.
- Técnicos de Empleo y Desarrollo Local.

Con el Título Universitario de Segundo Ciclo: Diplomado en Relaciones Laborales/ Licenciado en Ciencias del Trabajo:
 ( Grupo A de la Administración Publica )

-Inspectores de Trabajo y Seguridad Social
-Técnicos Superiores de Seguridad Social
-Cuerpos Técnicos Superiores de la Administración Pública y Autonómica. 

Es posible también, dentro de la Administración Pública, acceder a diversos cuerpos en el ámbito de la enseñanza. En los últimos tiempos, los estudios en Relaciones Laborales encuentran abiertas nuevas puertas en este campo. En la actualidad tienen acceso a los siguientes cuerpos:

-Profesores de Escuela Universitaria, en materias propias de su área de conocimiento
-Profesores Técnicos de Formación Profesional.
-Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad Administrativa y Comercial en particular, para impartir -Formación y Orientación Laboral-.
-Profesores Colaboradores en la Universidad; serán contratados por las Universidades para impartir enseñanzas sólo en aquellas áreas de conocimiento que establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria. Los Profesores Colaboradores tendrán la obligación de impartir enseñanzas teóricas y prácticas en cualquier centro de su Universidad. Los Profesores Diplomados, Ingenieros Técnicos y Arquitectos técnicos, impartirán enseñanzas en el primer ciclo de las titulaciones y los Profesores Licenciados, Ingenieros y Arquitectos en primer y segundo ciclo.

 

LA MISIÓN DEL COLEGIO

El Colegio como Corporación de Derecho Público, en un Estado social y democrático de derecho ha establecido como Misión:

-La ordenación de la profesión conforme a principios de deontología, eficacia, independencia, responsabilidad y solidaridad entre sus colegiados, y acatamiento al orden constitucional vigente, la defensa de sus derechos e intereses profesionales, su formación permanente que permita su desarrollo profesional y humano, y facilite su labor profesional, con el objetivo de dar a la sociedad la garantía de una actuación de calidad de nuestro Colectivo-.

-Prestar a nuestro colectivo, especialmente los Colegiados, los entes y personas que ellos representan, las distintas Administraciones Públicas, y la Sociedad en General, unos servicios profesionales y principios que promuevan la Justicia Social en el ámbito socio-económico, y ser cauce de representación jerárquico ante todas las instancias en las que sea precisa su intervención para la promoción, defensa y protección de la profesión-.

-Ser el mejor mecanismo para elevar el prestigio y capacidad profesional de nuestro colectivo-.

 

LA VISIÓN DEL COLEGIO

Ser conocido y reconocido como referente sectorial y a nivel nacional, en el ámbito de actividades de los Colegios Oficiales Profesionales.

 

50º ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DE LOS PRIMEROS COLEGIOS DE GRADUADOS SOCIALES EN ESPAÑA

En este año 2006 se celebra el 50 aniversario de la creación de los Primeros Colegios de Graduados Sociales en España. Los Graduados Sociales comenzaron su andadura en el año 1921, pero no fue hasta que a partir de la Orden del Ministerio de Trabajo de 30 de Octubre de 1956, nacieran los primeros Colegios Profesionales de Graduados Sociales.

Aprobado el Reglamento de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales, por Orden de 21 de Mayo de 1956 y prevista su constitución en el artículo 1º del Decreto de 23 de diciembre de 1950, en aquellas capitales de provincia o localidades donde existía Escuela Social, se fijó la demarcación territorial de cada uno de ellos. El Colegio de Castilla, con capital en Madrid, comprendía las provincias de Burgos, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Madrid, Palencia, Segovia, Valladolid, Toledo y Vitoria. Hoy, el Excmo. Colegio de Graduados Sociales de Madrid cuenta también con delegaciones en Toledo, Cuenca y Guadalajara.

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